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Sistema de Compensación

Guía para la Reparación de Daños y Perjuicios por Violación de Derechos Humanos a Personas Vulnerabilizadas.


Sistema de Compensación:

Este sistema es una herramienta de compensación utilizada a favor de los grupos vulnerabilizados, mediante el cual sus denuncias de vulneración o violación de sus derechos son canalizadas por el equipo jurídico del observatorio, a fin de dar respuesta efectiva a la misma.

¿Qué hacemos después que recibimos la denuncia?:

Una vez recibida la denuncia, la misma es evaluada y de reunir los elementos que constituyan una violación de derechos humanos en razón de estigma y discriminación u otra causa vinculante a las poblaciones claves, el equipo del observatorio se pone rápidamente en contacto con la víctima para brindar la asesoría psicológica y legal, así como eventuales acompañamientos y acciones.

Entiendo, pero ¿qué significa Sistema de Compensación? Esto quiere decir que el equipo del observatorio una vez con todos los elementos de la denuncia documentado, accionará en favor de la víctima para la justa reparación de los daños causados, sea esta económica, conciliatoria, excusa pública, administrativa, u otra que aplique según el caso.

FAQ

Puedes solicitar tu reintegro y el pago de una indemnización. Si tu empleador es una empresa o negocio privado, reclamas a través de una demanda laboral y si es una institución pública, puedes hacerlo a través de un procedimiento administrativo.


Abajo una tabla con los pasos a seguir.


Nota: Para la demanda laboral no es necesaria la asistencia de abogados. Sin embargo, el Observatorio de Derechos Humanos para Grupos Vulnerabilizados asiste y acompaña jurídicamente a las víctimas, y de igual forma el Ministerio de Trabajo ofrece dicho servicio.

PASOS (tabla núm.1)
LUGAR-AUTORIDAD
Redactas y depositas la demanda en el Tribunal de Trabajo más cercano a tu lugar de trabajo, o en su defecto, dictársela al secretario del tribunal (Tribunal de Trabajo). (ojo, debes depositar también las pruebas que sustenten tu reclamo (prueba VIH, testigos, etc.).
El Tribunal debe entregarte una autorización para citar a tu empleador entre dos a cinco días.
Obtenida la autorización debes comunicarla a tu empleador mediante acto de alguacil y lo citarlo para la audiencia de conciliación.
El alguacil debe ser del tribunal que conoce la demanda.
En la audiencia de conciliación propones tu intención de ser reintegrado y solicitas el pago de los salarios dejados de recibir y la indemnización por efecto de la discriminación y de la violación a la Ley 135-11 sobre VIH y Sida.
En el salón de audiencias frente al juez.
Si tu empleador no esta de acuerdo debes solicitar que se libre acta de no conciliación y que sea fijada una nueva fecha para la audiencia de fondo.
En el salón de audiencias frente al juez.
En la audiencia de fondo debes presentar las pruebas que sustentan la demanda y pedirle al juez que acoja tu demanda ordenando el reintegro y el pago de la indemnización correspondiente. (los testigos deben presentarse mediante una lista que debe depositarse en la secretaria del tribunal por lo menos dos días antes de esta audiencia).
En el salón de audiencias frente al juez. La lista de testigo debe establecer el nombre del testigo, a que se dedica y los hechos sobre los cuales pretende testificar.
Una vez concluida la audiencia de fondo, dispones de 48 horas para depositar un escribo que permita ampliar los argumentos de la demanda inicial. A partir de vencido ese plazo de 48 horas el juez tiene 15 días para dictar sentencia, (puede ser hasta un mes).
El depósito del escrito lo haces en la secretaría del Tribunal.
Obtenida la sentencia, debes notificarla al empleador mediante un alguacil. A partir del tercer día de la notificación, la sentencia es ejecutoria. Es decir, obliga al empleador cumplir con lo decidido por el juez.
La sentencia puedes retirarla por la secretaría del Tribunal. (la sentencia se retira gratuitamente, no debes pagar ningún impuesto o tasa por servicio).

Si eres empleado público entonces debes seguir el procedimiento administrativo.
Este proceso puede hacerse sin la asistencia de abogado.

PASOS (tabla núm.2)
LUGAR-PLAZOS
Debes hacer una carta informando a la dirección de personal de la institución empleadora tu desacuerdo con la cancelación. Esa comunicación debe contener los motivos, el sustento probatorio y la solicitud de reintegración (recurso de reconsideración). La institución debe entregarte un acuse de recibo.
Institución publica empleadora. Ningún funcionario podrá negarse a recibir una petición. El funcionario público que incumpla este deber comprometerá su responsabilidad personal.
En ningún caso la Administración podrá, al resolver el recurso administrativo, agravar la condición jurídica del interesado que interpuso el recurso. Art. 52, Ley 107-13.
La Administración dispone de 30 días para decidir el recurso.
Si la respuesta al recurso de reconsideración mantiene ratifica la cancelación, puedes hacer un recurso jerárquico.
Deberá ser interpuesto por ante el ministro competente o por ante el órgano superior al que dictó el acto de desvinculación.

Si la institución pública finalmente no te reintegra, tienes el derecho de hacer un recurso contencioso administrativo, solicitando tu reintegración y una indemnización contra la institución y con oponibilidad al funcionario que dirige la institución. Siguiendo los pasos siguientes:

PASOS (necesitarás un abogado) (tabla núm.3)
LUGAR
Redactas una instancia motivada, (recurso contencioso) dirigida al Tribunal Contencioso Administrativo, informado que la desvinculación se debió a la condición de ser VIH positivo.
Secretaría del Tribunal Contencioso Administrativo
La instancia expondrá todas las circunstancias de hecho y de derecho que motiven el recurso; transcribirá todos los actos y con las conclusiones articuladas del recurrente.
Secretaría del Tribunal
Al recibir la instancia, el presidente del Tribunal dictará un auto ordenando que sea comunicado al Procurador General Administrativo o al demandado, según fuere el caso. (la notificación puede hacer el accionante).
Secretaría del Tribunal
Una vez que las partes hayan puntualizado sus conclusiones y expuesto sus medios de defensa el asunto controvertido se reputará en estado y bajo la jurisdicción del tribunal.
El Tribunal deberá dictar sentencia dentro de los noventa días de haber quedado el caso en estado de fallo, sin embargo, en la practica, la sentencia tarda más de cinco meses para ser dictada.
No se celebra audiencia.

Puedes realizar un recurso de reconsideración conforme procedimiento descrito en la tabla número 2, descrita precedentemente.

Procede un hábeas corpus (que tu cuerpo esté libre), y debes seguir los pasos que se detallan en lo adelante:

PASOS (tabla núm.4)
LUGAR-AUTORIDAD
Puedes hacer una comunicación dirigida tribunal más cercano al lugar de la detención o mediante una declaración ante el secretario del referido tribunal. (puede hacerla madre, padre o cualquier familiar o interesado).
El tribunal competente es el más a fin con el derecho vulnerado, al tratarse de una detención irregular, debe ser el juez penal del lugar donde se haya producido la detención.
La comunicación debe informar el nombre de la autoridad que ejerció la detención y bajo cuál circunstancia. Es importante destacar que el escrito debe establecer que no existe recurso ordinario para la revisión de esa medida arbitraria.
Tribunal Penal de Instancia del lugar donde se haya producido la detención ilegal.
El juez solicitará a la autoridad agraviante que presente a la persona detenida a la audiencia que habrá de celebrarse. Si el juez determina ilegal la detención, ordena la libertad inmediata. El juez debe ordenar la entrega de todas las pertenencias de la persona agraviada, eso incluye el dinero efectivo.
En el salón de audiencia. Si la autoridad se niega a poner en libertad a la persona agraviada, compromete su responsabilidad civil y administrativa, pudiendo ser sujeto de una demanda en reparación de daños.

No es legal ni procede que personas de las fuerzas del orden requieran trabajos sexuales sin el debido pago. En caso de abuso de autoridad, los elementos deben ser denunciados ante la fiscalía más cercana.

Puedes accionar en amparo. El amparo es un recurso sencillo que permite a cualquier persona acudir a los tribunales a reclamar por la violación un derecho fundamental, en este caso, el derecho de ser elegido o el derecho al trabajo.

Abajo cómo hacerlo.

PASOS (tabla núm.5)
LUGAR
Escribes una comunicación dirigida al juez competente, indicando la forma que se ha vulnerado el derecho y solicitando la reivindicación del derecho
El escrito debe ser depositado en la Secretaría del Tribunal.
Si no sabes leer o escribir, puedes dictarle su reclamación al secretario del tribunal.
Secretaría del Tribunal competente
Debes depositar cualquier documento que sustente las pretensiones (correo electrónico, comunicación de rechazo, etc.)
Secretaría del Tribunal competente
A los 3 días del depósito de la acción de amparo, debes pasar por el tribunal a buscar la autorización para citar al agraviante a la audiencia donde se conocerán los méritos de la reclamación.
La autorización debe ser notificada mediante alguacil y se le debe anexar, el auto, la acción de amparo y los documentos que se hayan depositado en el expediente.
En la audiencia debes explicarle al juez en qué consiste la violación de los derechos fundamentales y argumentar respecto del reclamo. La contraparte tendrá la oportunidad de referirse a la reclamación.
La audiencia se celebra en el salón de audiencias del tribunal correspondiente.
El juez deberá dictar sentencia el mismo día de la audiencia y tendrá 5 días para motivarla. En la practica el juez dicta la sentencia entre dos a tres semanas después de la audiencia.
Despacho judicial.
La decisión del juez es de cumplimiento inmediato

La difamación es la imputación de un hecho que ataca el honor, la dignidad o la consideración de una persona y la injuria es dirigirse a alguien en términos afrentosos, despectivos o peyorativos.


Si eres víctima de difamación o de injuria puedes reclamar penalmente a través de una acusación y civilmente mediante demanda en reparación de daños, siguiendo estos pasos:


Acusación penal privada (necesitas un abogado).

PASOS (tabla núm.6)
LUGAR-AUTORIDAD
Redactar una acusación conteniendo los hechos que dan origen a la acusación, describiendo los medios a través de los cuales se realizó la difamación o la injuria.
Juez penal del lugar donde se haya cometido la difamación o injuria, en caso de haber sido a través de las redes sociales, puede ser cualquier juez a opción de la víctima acusadora.
La acusación debe ser notificada a la parte acusada, juntamente con los documentos que conforman el expediente.
La notificación mediante acto de alguacil.
El juez admite la acusación y convoca a una audiencia de conciliación entre la victima y el imputado.
Si no hay conciliación, el juez fija nueva audiencia para conocer el juicio. La audiencia se conoce en el salón de audiencia del tribunal apoderado.
En la audiencia de juicio se lee la acusación y la demanda, en la parte relativa al hecho imputado y a su calificación jurídica.
El imputado presentará sus medios de defensa.
Cerrados los debates, el juez se retira a deliberar para producir su sentencia. Cuando la prueba aportada es suficiente para establecer la responsabilidad, el juez dicta sentencia condenatoria, caso contrario, pronuncia una sentencia de absolución.
En despacho judicial.
La sentencia condenatoria pronuncia la pena a imponer y la indemnización que deberá pagar el imputado, en caso de que proceda.
Por lo general, en los casos de difamación e injuria, los jueces penalmente condenan a pena suspendida, es decir, el imputado no iría a la cárcel, pero si debe pagar la sanción civil.

Demanda en reparación de daños y perjuicios por difamación en injuria (necesitas abogado)

PASOS (table núm.6A)
LUGAR-AUTORIDAD
Redactar una demanda (emplazamiento) conteniendo los hechos y los textos legales aplicados. Debes notificar la demanda mediante acto de alguacil.
El tribunal competente es el del domicilio de la parte demandada.
Debes solicitar la fijación de la audiencia mediante solicitud dirigida al tribunal y anexándole copia del acto de demanda.
Notificas al demandado la citación (avenir) para que asista a la audiencia. (por lo menos 4 días antes de la audiencia).
Se deposita en el expediente todos los documentos que justifiquen la demanda. La primera audiencia por lo general se aplaza para que las partes conozcan los documentos y se fija la fecha para una nueva audiencia. (comunicación de documentos).
La segunda audiencia las partes presentas conclusiones sobre el fondo de la demanda y el expediente queda en estado de recibir fallo por parte del juez, quien dispone de 90 días para fallar.
Dictado el fallo, la sentencia se debe comunicar al demandado y si contiene condenaciones, se le intima a pagar. En la audiencia de juicio se lee la acusación y la demanda, en la parte relativa al hecho imputado y a su calificación jurídica.
Mediante acto de alguacil.
Cerrados los debates, el juez se retira a deliberar para producir su sentencia. Cuando la prueba aportada es suficiente para establecer la responsabilidad, el juez dicta sentencia condenatoria, caso contrario, pronuncia una sentencia de absolución.
En despacho judicial.

El artículo 85 de la Ley 135-11, sancionada con una multa de veinticinco (25) a cincuenta (50) salarios mínimos, a los empleadores que obliguen a la realización de la prueba de detención del VIH como condición para el trabajo, además de la acción en reparación por daños y perjuicios que pueda ejercer el aplicante o solicitante del empleo, tal como se explica en la tabla 6A, con la debida asistencia de un abogado.

De acuerdo con el artículo 82 de la referida Ley 135-11, los centros y establecimientos de servicios de salud acreditados para tales fines por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, tales como hospitales, clínicas, laboratorios, centros de diagnóstico, odontológicos u otros de esta misma naturaleza, que nieguen la provisión de servicios de salud a personas que viven con el VIH o con SIDA, serán sancionados con el pago de una multa de quince (15) a veinticinco (25) salarios mínimos. De igual manera, tienes el derecho de reclamar una indemnización por los daños que esa omisión de asistencia médica te haya causado.

El artículo 77 de la ley de Sida, dispone que toda persona que deliberadamente violare el derecho a la confidencialidad, establecido en el Artículo 13 de la presente ley, será sancionada con multa no menor de diez (10) salarios mínimos, sin perjuicio de las reclamaciones en daños y perjuicios correspondientes, cuando fuere de lugar. Es decir, puedes demandar esa personar en reparación de daños y perjuicios, siguiendo el procedimiento de la Tabla 6A, y también sería sancionada a una multa de hasta diez salarios mínimos.

Formulario de Identificación de casos de derechos humanos